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Vehículos Farma

El transporte de medicamentos está regulado por normativa de la Unión Europea, y aplicable en territorio español. Es responsabilidad del distribuidor mayorista garantizar que las condiciones de temperatura se mantengan dentro de los límites aceptables durante el transporte.

Para un correcto transporte debe ser posible demostrar que los medicamentos no han estado expuestos a condiciones de temperatura que puedan poner en peligro la calidad de la mercancia.

Las condiciones de almacenamiento necesarias para los medicamentos deben mantenerse durante el transporte dentro de los límites definidos en la descripción del fabricante o en e embalaje exteior. También debe existir un procedimiento para investigar y coregir las desviaciones de temperatura.

El equipo utilizado para vigilar la temperatura durante el transporte en vehículos debe someterse a mantenimiento, a su vez, debe ser calibrado preriodicamente.

Un vehículo farma debe estar provisto de un isotermo reforzado y montando un equipo de producción frio-calor indivudual, que, a una temperatura exteior media de +30ºC, permite bajar la temperatura en el interior de la caja vacia y mantenerla después de manera permanente.

En 2017 entra en vigor la nueva normativa europea y de obligado cumplimiento por la cual todo medicamento debe ser transportado en vehículo isotermo reforzado con equipo oculto, regulado como mercancía perecedera.

Trabajamos con todas las marcas y modelos de vehículos comerciales del mercado.

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